AGENDA
10:00 – 10:05
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Bienvenida y contexto Paula de la Cal, Project Manager en Fundación SERES
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10:05 – 10:10
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Introducción a la sesión Alberto Castilla Vida, EMEIA ESG Solutions Lead & Spanish Country Leader on the Sustainability and ESG practice EY
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10:10 – 10:30
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Contexto: implicaciones del nuevo entorno regulatorio
Elena Fernández, Socia Sostenibilidad EY
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10:30 – 10:50 |
El rol del regulador y el rol del auditor en el nuevo contexto regulatorio
Maijo Gálvez, Head of ESG EY
Alberto Castilla Vida, EMEIA ESG Solutions Lead & Spanish Country Leader on the Sustainability and ESG practice EY
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10:50 – 11:00
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Debate abierto entre los participantes - Q&A
Modera: Maijo Gálvez, Head of ESG EY
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RESUMEN DE LA SESIÓN
En los últimos años hemos asistido a una evolución creciente del número de iniciativas regulatorias en materia de sostenibilidad, tendencia que se aceleró a partir de 2014 con la Directiva de Divulgación No Financiera y las regulaciones que se desencadenaron a partir de esta.
EL CONTEXTO REGULATORIO
El contexto regulatorio actual, en el marco de la Unión Europea (UE), se compone de un conjunto de iniciativas interconectadas entre sí, que impactan en las tres dimensiones ESG:
E:
La UE se ha marcado los objetivos de ser un
continente climáticamente neutro en 2050, y de reducir sus emisiones en un 55% en 2030¹. Ello requiere transformar la economía, para lo que se han establecido una serie de medidas, entre las que destacan:
Reorientar los flujos de capital hacia inversiones sostenibles.
Gestionar los riesgos extrafinancieros.
Fomentar la transparencia y el largo plazo en las actividades financieras.
La
Ley Europea de Clima: Busca aterrizar los compromisos de Europa en línea con los acuerdos de Paris. Es la base de la Ley Española de Cambio climático y transición energética² y marco para Iniciativas como Fit for 55 o el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono.
La
Taxonomia Europea: Está directamente vinculada con el objetivo de reorientar los flujos de capital del Plan de Finanzas Sostenibles. Comprende un listado de actividades con potencial contribución a objetivos medioambientales y establece una definición homogénea de los requisitos que debe cumplir una actividad para considerarse sostenible: contribución sustancial a uno de los seis objetivos climáticos identificados sin afectar negativamente al resto y respetando unas salvaguardas mínimas sociales. Actualmente se han desarrollado dos de los objetivos ambientales y el resto están en borrador.
S:
El ámbito social en Europa se basa, entre otras iniciativas, en las ideas recogidas en el pilar de derechos sociales, que busca garantizar una serie de derechos vinculados a la formación, la exclusión social y el empleo. Algunas iniciativas regulatorias destacadas en este ámbito son:
La
Taxonomia Social: En julio de 2021, la Plataforma de Finanzas Sostenibles de la UE pubicó un informe que introduce los tres colectivos y tres focos nucleares de la taxonomía: Trabajo decente, Bienestar de usuarios y Comunidades sostenibles e inclusivas. Por el momento no hay un borrador ni un timeline para su desarrollo.
G:
Aumenta el foco en el reporte corporativo con la aprobación de la CSRD y los ESRS:
CSRD: Establece los conceptos clave y los estándares³ que deben seguir las compañías en materia de divulgación sobre sostenibilidad. La directiva supone una ampliación del alcance de la regulación, aumenta el nivel de detalle de los requisitos de divulgación, y obliga a realizar un aseguramiento limitado (que en futuro evolucionará a un aseguramiento razonable). Además, requiere la incorporación de la información en el informe de gestión y su preparación en formato electrónico.
Esto implica que las compañías tendrán que reportar información basándose en un análisis de doble materialidad que considere riesgos y oportunidades desde una perspectiva de impacto y de materialidad financiera. Desde el punto de vista de gobernanza, el Consejo y la Comision de Auditoría deberán monitorizar los sistemas de control interno de la información no financiera, la función de la auditoría interna en relación a dicha información y su proceso de aseguramiento.
Previsiblemente, empezará a aplicarse a partir de 2025 sobre la información de 2024.
[1] Respecto a 1990.
[2] La Ley Española de Cambio Climático (CC) establece la obligación de incluir en el informe de gestión un informe que evalúe el impacto financiero en la sociedad de los riesgos vinculados al cambio climático. En España, el 45% de empresas ya reportan el C.C. en sus estados financieros, pero solo un 4% lo hace de forma cuantitativa.
[3] Actualmente se han establecido dos estándares transversales (ESRS1 y ESRS2) y doce estándares temáticos. Queda pendiente la publicación de otros estándares sectoriales y específicos para PYMES.
EL ROL DEL REGULADOR Y EL VERIFICADOR
El regulador se encarga de crear y promulgar leyes y regulaciones. A su vez, el supervisor vigila el cumplimiento de dichas leyes establecidas por el regulador.
Los organismos clave en materia de regulación y supervisión son las Cortes Generales y el Gobierno de España, la CNMV y la CNMC a nivel español, la Comisión Europea y la ESMA a nivel europeo y la Securities and Exchange Comission a nivel internacional., Estos organismos están persiguiendo que la información financiera y la no financiera sea consistente y para conseguirlo la información en materia de sostenibilidad tiene que ser homogénea. En este sentido,
hay dos referentes uno a nivel global, el ISSB y otro a nivel europeo con los European
Sustainability Reporting Standards (ESRS) de EFRAG que están trabajando en el desarrollo de estándares de sostenibilidad. Las empresas con presencia en varias jurisdicciones tendrán que reportar con los sistemas, pero la buena noticia es que están trabajando para estar alineados.
En general, existe una tendencia a
reducir el gap entre la información financiera y de sostenibilidad con el objetivo de lograr una visión global de la compañía. El establecimiento de objetivos a los planes a medio/largo plazo y la incorporación de los criterios ESG en la remuneración son las áreas más retadoras para conseguirlo.
El verificador aporta seguridad, rigor y fiabilidad sobre la información en la que se basan las decisiones de inversión y los proyectos seleccionados bajo los criterios de inversión sostenible. Comprueba la calidad y fiabilidad, el nivel de aseguramiento, el uso de estándares, la gobernanza, la transparencia y la claridad sobre lo que está haciendo del emisor.
Se espera que la
Comisión Europea adopte estándares para el aseguramiento limitado antes del 1 de octubre de 2026 y para el aseruramiento razonable antes del 1 de octubre de 2028, al mismo tiempo que evaluará su aplicación.
Esto implica una vinculación cada vez mayor con la auditoria de cuentas y mayor responsabilidad por parte del verificador.
RETOS ASOCIADOS AL CONTEXTO REGULATORIO
Los retos del nuevo contexto regulatorio para las entidades españolas no están tan vinculados con el aumento de los requisitos de información y la exigencia del aseguramiento como con la
gestión de la sostenibilidad.
Cuatro elementos configuran el lenguaje básico de esta gestión:
Gobernanza (quién gestiona la sostenibilidad y cuál es el rol del consejo),
Gestión de impactos (qué supone la sostenibilidad desde el punto de vista de riesgos y oportunidades),
Estrategia (cuál es el plan de acción concreto) y
Métricas y objetivos (cómo se va a medir el desempeño). Estas cuatro dimensiones se contemplan en ESRS, pero vienen del Task Force on Climate-Related Financial Disclosures (TCFD) y están incorporados en el International Sustainability Standards Board (ISSB). Ello muestra un esfuerzo para unificar lenguajes e interconectar estándares.
Lo difícil no es reportar objetivos, sino tenerlos. La regulación que viene requiere pensar en estos cuatro ámbitos y en cómo están las compañías en cada uno de ellos. Esto requiere
tomar decisiones y tiene que acompañarse con la cultura y gestión del cambio.
El objetivo último es el desempeño. Un ejercicio solvente permitirá descartar los temas que no aporten y
focalizar en los temas que tienen un impacto en la actividad de la compañía.